¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS! ¡HAGAMOS RUIDO DE MATE! ¡ENVÍOS A TODO EL PAÍS!

Bases y Condiciones Promo Dia del Mate 2024 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Promo Dia del Mate 2024” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Domingo 1 de Diciembre de 2024 a partir de las 00:00hs, hasta el Domingo 1 de Diciembre 2024 hasta las 23:59hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 

Todas las compras que se realicen en www.tiendacbse.com.ar en el plazo de vigencia antes mencionado y superen un mínimo de compra de $10.000 tendrán envíos gratis a todo la República Argentina.

 

 

4. Promoción con obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de web cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el 1 de diciembre de 2024 a partir de las 00:00 hs, hasta el domingo 1 de diciembre de 2024 hasta las 23:59hs

 

5.. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

6.. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

7. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

8. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

9.El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

10. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

11.Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

12. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

13. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 


Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + Fantoche”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé + Fantoche" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. El sorteo consistirá en 4 sorteos con un ganador cada uno que tendrán vigencia los días​ Sábado 30, Sábado 6, sábado 13 y miércoles 18 de diciembre de 2024 hasta las 17:00 hs. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguir en Instagram a @yerbamatecbse y @Fantoche_ar  2) Reaccionar a la barrita. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo los días Lunes 2, 8, 15 y jueves 19 de diciembre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días Lunes 2, 8, 15 y jueves 19 de diciembre de 2024 y el último sorteo a realizarse el Lunes 6 de Mayo de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Sábado 30 de Abril de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Jueves 19 de diciembre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye

  • 1er premio: 4 packs CBSé Hierbas Serranas + 1 pan dulce veneciano Fantoche + 1 budín marmolado Fantoche 

  • 2do premio: 4 packs de CBSé Hierbas Serranas + 1 pan dulce Milanés Fantoche + 1 budin con pepas de chocolate 

  • 3er premio: 4 packs CBSé Hierbas Serranas + 1 pan dulce con frutas Fantoche + 1 budin sin frutas

  • 4to premio: 4 packs de CBSé Hierbas Serranas + pasas de uva de chocolate + almendras 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 


Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + Peabody RUIDO DE MATE” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé + Peabody RUIDO DE MATE" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. El sorteo tendrá vigencia desde el día Miércoles 27 de Noviembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el sabado 7 de Diciembre de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @yerbamatecbse 3) Seguir a @peabodyhogar 4) Comentar la publicación con la consigna propuesta. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día sabado 7 de diciembre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Sabado 7 de Diciembre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Miércoles 27 de Noviembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Sabado 7 de diciembre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 año de yerba CBSé (no incluye etiqueta negra) + 1 E-Termo Peabody color negro + bombilla Peabody. 

Las imágenes son a modo de ilustración.



10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 


Bases y Condiciones “Sorteo Mateando y Emprendefest”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé​" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Martes 26 de Noviembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Miércoles 27 de Noviembre de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguir a @mateandoyerba y a @emprendefest_arg 2) Deslizar la barrita. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Miércoles 27 de Noviembre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Miércoles 27 de Noviembre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Martes 26 de Noviembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Miercoles 27 de Noviembre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 curso a elección de la categoría talleres online y la ganadora elegirá el curso de su conveniencia o interés. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 


Sorteo La Previa con CBSé

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

1. La presente promoción denominada “Sorteo La Previa con CBSé” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día jueves 14 de noviembre a partir de las 16:00 hs, hasta el viernes 15 de noviembre de 2024 y el día martes 19 a partir de las 16:00 hs hasta el miércoles 20 de noviembre de 2024 hasta las 10:00 hs hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo. 

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Compartir una foto con su mate en sus historias de Instagram utilizando el #LaPreviaConCBSé, el cual es necesario que su perfil sea público para que el Organizador pueda verlo, y etiquetarnos en el mismo. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día viernes 15 de noviembre y el miercoles 20 de noviembre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días viernes 15 y miercoles 20 de noviembre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 5 días corridos. 

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el jueves 14 de noviembre de 2024 hasta el martes 19 de noviembre de 2024 a partir de las 16:00 hs, hasta el viernes 15 y miercoles 20 de noviembre de 2024 hasta las 10:00 hs 

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio son 4 paquetes por 500 Hierbas Serranas + bolsa lienzo CBSé.

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

 

 

 

 

Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + Peabody Cebadoras de Amor” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé + Peabody Cebadoras de Amor" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. El sorteo tendrá vigencia desde el día Miercoles 16 de Octubre de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Jueves 31 de Octubre de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @yerbamatecbse 3) Seguir a @peabodyhogar 4) Comentar la publicación con la consigna propuesta. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Jueves 31 de Octubre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Jueves 31 de Octubre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Miercoles 16 de Octubre de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Jueves 31 de Octubre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 bolso matero CBSé - 1 Mate CBSé - 1 bombilla CBSé - 12 packs yerba CBSe Hierbas Serranas x 500 gr (no incluye CBSé Etiqueta Negra) + Premio Peabody 1 jarra electrica 8213 Peabody



10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones “Sorteo Express CBSé ​+ Arrocitas”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo Express CBSé + Arrocitas” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia todos los viernes del mes a partir del Viernes 11 de Octubre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 01 de Noviembre 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: Reaccionar a la barrita de Instagram en la historia subida por la marca y seguir en Instagram a @yerbmatecbse y a @arrocitasargentina. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo los días lunes 14, lunes 21, lunes 28 y martes 5 de noviembre de 2024 a las 17:00 hs. La dinámica de este sorteo sólo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días lunes 14, lunes 21, lunes 28 y martes 5 de noviembre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde los viernes 11, viernes 18, viernes 25 y viernes 1 de noviembre 2024 a partir de las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 4 packs 500 gr de CBSé Hierbas Serranas + 4 productos de Arrocitas, Mini Yogurt Frutilla o tostadas de chocolate. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

 

Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Aniversario 46”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé​" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Jueves 19 de Septiembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Martes 1 de Octubre de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @yerbamatecbse 3) Comentar la publicación con la consigna propuesta. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Martes 1 de Octubre​ de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Martes 1 de Octubre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Jueves 19 de Septiembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Martes 1 de Octubre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 kit matero que incluye 1 bolso matero, 1 termo CBSé, 1 bombilla CBSé y un mate térmico CBSé + 1 año de yerba CBSé del sabor que más te guste. (Naranja, Hierbas Serranas, Frutos del Bosque, Silueta o Guaraná) 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

 

Bases y Condiciones Sorteo CBSé Etiqueta Negra “Aniversario 46” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada Sorteo CBSé Etiqueta Negra Aniversario 46  (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Viernes 13 de Septiembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 20 de Septiembre de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @cbseetiquetanegra 3) Etiquetar a dos amigos. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Viernes 20 de Septiembre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Viernes 20 de Septiembre de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Viernes 13 de Septiembre de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 20 de Septiembre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 KIT MATERO ​que incluye 1 mate CBSe, 1 bombilla CBSé, 1 bolso matero y 4 Packs CBSé Etiqueta Negra. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones “La Previa con CBSé​”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “La Previa con CBSé" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La previa con CBSé​ consistirá en 2 sorteos con un ganador cada uno que tendrán vigencia los días​ Jueves 10 y Martes 15 de octubre de 2024 partir de las 17:00 hs, hasta los días Viernes 11 y miércoles 16 de octubre de 2024 a las 17:00 hs. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Subir una historia de tu previa CBSé La más tomada 2)Etiquetar a @yerbamatecbse y a @fantoche_ar usando el #LAPREVIACONCBSé. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo los día viernes 11 y miércoles 16 de octubre de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días viernes 11 y miércoles 16 de octubre de 2024  en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el viernes 11 de octubre a partir de las 17:00 hs, hasta el miércoles 16 de octubre de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye

4 packs CBSé ​Hierbas Serranas x 500 gr + 1 bolsa ecologica CBSé.

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

 

Bases y Condiciones “Sorteo CBSé Día de las Infancias” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Día de las Infancias" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. El sorteo tendrá vigencia desde el día Domingo 18 de Agosto de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Viernes 23 de Agosto de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Contar una anécdota divertida o curiosa sobre tu primer mate entre los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Viernes 23 de Agosto de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Viernes 23 de Agosto de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Domingo 18 de Agosto de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Viernes 23 de Agosto de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 kit matero con un mate pequeño CBSé color rojo + 4 packs de CBSé Hierbas Serranas de 250 gr + 1 bolsa lienzo CBSé. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

 

Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + Peabody Día d​el Amigo” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé + Peabody Dia del Amigo" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. El sorteo tendrá vigencia desde el día Sábado 20 de Julio de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Miércoles 31 de julio de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @yerbamatecbse 3) Seguir a @peabodyhogar 4) Comentar la publicación con la consigna propuesta. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Sabado 20  de Julio de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Miércoles 31 de Julio de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Sábado 20 de Julio de 2024 a partir de las 10:00 hs, hasta el Miércoles 31 de Julio de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 12 packs yerba CBSe Hierbas Serranas x 500 gr

Premio Peabody: E - termo Peabody.

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 


Bases y Condiciones “Sorteo CBSé + Naldo
Smart TV Motorola 32 pulgadas

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé + Naldo Smart TV Motorola 32 pulgadas”(en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) y NALDO LOMBARDI S A a través de su marca “NALDO” (en adelante “NALDO” y conjuntamente con CBSé “los Organizadores” ) se reservan el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.



2. El sorteo tendrá u​n ganador, tendrá vigencia desde el Lunes 24 de Junio desde las 18:00 hs hasta hasta el Domingo 14 Julio de 2024 hasta las 17:00 hs. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Seguir en Instagram a @yerbamatecbse y @naldo_digital  2) Dar me gusta y comentar respondiendo la consigna propuesta en el posteo. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el Domingo 14 de Julio a las 18:00 hs. La dinámica de este sorteo se puede realizar en la red social “Instagram” y Facebook.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día 15 de Julio a las 12:00 hs en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Lunes 24 de junio de 2024 a partir de las 18:00 hs, hasta el Domingo 14 de julio de 2024 hasta las 18:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte de los Organizadores.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, los Organizadores quedan liberados de toda responsabilidad respecto de los mismos. Los Organizadores no asumen responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye: 12 Packs de yerba CBSé Hierbas Serranas x 500 gr + 1 termo CBSé - 1 mate + 1 bombilla CBSé + 1 bolso matero CBSé + 1 portamate + 1 Smart LED HD Android TV Motorola 32 pulgadas. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por los Organizadores (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable a los Organizadores- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad de los Organizadores.

 

12. Los Organizadores se reservan el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que los Organizadores dispongan. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. Los Organizadores podrán, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. Los Organizadores podrán suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables a los Organizadores, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. Los Organizadores serán los únicos que tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. Los Organizadores no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. Los Organizadores tampoco se responsabilizan de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio.  Los Organizadores se eximen expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable a los Organizadores.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.



 


Bases y Condiciones “La Previa con CBSé​”

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “La Previa con CBSé" (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “ Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La previa con CBSé​ consistirá en 4 sorteos con un ganador cada uno que tendrán vigencia los días​ Viernes 14, Jueves 20,  Martes 25 y Sábado 29 de Junio de 2024 partir de las 17:00 hs, hasta los días sábado 15, viernes 21, miércoles 26 y lunes 1 de Julio de 2024. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Subir una historia de tu previa CBSé La más tomada 2)Etiquetar a @yerbamatecbse y a @fantoche_ar usando el #LAPREVIACONCBSé. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo los días sábado 15, viernes 21, miércoles 26 de Junio, y el último sorteo se realizará el lunes 1 de julio de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción los días sábado 15, viernes 21 y miércoles 26 de junio, y el último sorteo se realizará el 1 de julio de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @yerbamatecbse.

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el jueves 14 de junio a partir de las 17:00 hs, hasta el Lunes 1 de julio de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye

1er premio: 4 Packs de CBSé Hierbas Serranas + 1 bolsa ecológica CBSé + 4 Packs de choco bakery FANTOCHE. 

2do premio: 4 Packs de CBSé Hierbas Serranas + 1 bolsa ecológica CBSé + 4 Packs de Bizcochitos FANTOCHE. 

3er premio: 4 Packs de CBSé Hierbas Serranas + 1 bolsa ecológica CBSé +  12 alfajores triple surtidos FANTOCHE.

4to premio: 4 Packs CBSé Hierbas Serranas + 1 bolsa ecológica CBSé + 12 alfajores triple surtidos FANTOCHE.

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.




Bases y Condiciones Sorteo CBSe Etiqueta Negra “Sos unico como el mate” 

 

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Etiqueta Negras “Sos único como el mate” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Viernes 14 de Junio de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 21 de Junio de 2024 hasta las 17:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Darle “me gusta” a la publicación  2) Seguir a @yerbamatecbse y @cbseetiquetanegra 3) Etiquetar a la persona con la que quisieras disfrutar el premio. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día viernes 21 de junio de 2024. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Viernes 21 de junio de 2024 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será publicado en las historias de Instagram de @cbseetiquetanegra

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Viernes 14 de Junio de 2024 a partir de las 17:00 hs, hasta el Viernes 21 de Junio de 2024 hasta las 17:00 hs.

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 mate CBSe + 1 bombilla CBSé + 4 packs de CBSé Etiqueta Negra + 1 bolso matero. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributar, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.