BASES Y CONDICIONES

Bases y Condiciones “Sorteo La Previa con CBSé 2023”

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

1. La presente promoción denominada “Sorteo La Previa con CBSé” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día martes 28 de marzo a partir de las 16:00 hs, hasta el martes 28 de marzo de 2023 hasta las 20:30 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo. 

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Compartir una foto con su mate en sus historias de Instagram utilizando el #LaPreviaConCBSé, el cual es necesario que su perfil sea público para que el Organizador pueda verlo, y etiquetarnos en el mismo. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día miércoles 29 de marzo de 2023 y las próximas fechas a confirmar según calendario 2023 de partidos de la Selección Argentina. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día miércoles 29 de marzo de 2023 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 5 días corridos. 

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el martes 28 de marzo de 2023 a partir de las 16:00 hs, hasta el martes 28 de marzo de 2023 hasta las 20:30 hs. 

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio son 4 paquetes por 500 grs de sabores a elección: CBSé Hierbas Serranas; CBSé Hierbas del Litoral; CBSé Hierbas Cuyanas; CBSé Naranja; CBSé Pomelo; CBSé Limón; CBSé Frutos del Bosque; CBSé Frutos del Valle; CBSé Frutos Tropicales; CBSé Endulife; CBSé Regulasé; CBSé Silueta; CBSé Silueta Naranja, CBSé Miel, CBSé Guaraná, CBSé Jengibre, CBSé Etiqueta Negra. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones CBSé Sorteo Express Día de la Alegría 

 

1. La presente promoción denominada “CBSé Sorteo Express Día de la Alegría ” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 20 de Marzo de 2023 a partir de las 12:00 hs, hasta el 20 de Marzo de 2022 hasta las 00:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1)Responder a la CAJA DE PREGUNTAS de la story compartida por CBSé en sus redes sociales @yerbamatecbse. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará un (1) sorteo anunciándose al ganador el día Martes 21 de Marzo de 2023. La dinámica de este sorteo sólo se puede realizar en la red social “Instagram”.

4. La selección del ganador se realizará a través de APP SORTEOS entre todos los usuarios participantes. El sorteo se realizará en las fechas mencionadas anteriormente En Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mensaje privado de instagram el mismo día. 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Lunes 20 de Marzo de 2023 a partir de las 12:00 hs, hasta el Lunes 20 de Marzo de 2023 hasta las 00:00 hs. 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es 4 packs de CBSé Guaraná x 500 gr cada una + 1 tote bag CBSé Felicidad En Cada Mate. 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones “Sorteo Recargate de Energía”

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

1. La presente promoción denominada “Sorteo Recargate de Energía” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Viernes 10 de marzo de 2023 a partir de las 12:00 hs, hasta el Viernes 17 de Marzo de 2023 hasta las 16:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo. 

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Ser seguidor de @yerbamatecbse 2) Darle “me gusta” a la publicación 3) Arrobar a tu compañero/a de mates fríos. Hay doble chance si se comparte el posteo en historias usando el hashtag #RecargateDeEnergía el cual es necesario que su perfil sea público para que el Organizador pueda verlo, y etiquetarnos en el mismo. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo el día Viernes 17 de Marzo de 2023. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de la app APP SORTEOS. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Viernes 17 de Marzo de 2023 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 5 días corridos. 

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Viernes 10 de Marzo de 2023 a partir de las 12:00 hs, hasta el Viernes 17 de Febrero de 2023 hasta las 16:00 hs. 

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 2 CBSé Guaraná + 1 mate y bombilla CBSé + 1 bolsa frappera CBSé. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.


Bases y Condiciones Sorteo Amor Eterno al Mate CBSé Peabody

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo Amor Eterno al Mate CBSé Peabody” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa Ana S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875, a través de su marca “CBSé” (en adelante “CBSé”) y GOLDMUND S.A. a través de su marca “Peabody” (en adelante “Peabody” y conjuntamente con CBSé “los Organizadores” ) se reservan el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 14 de Febrero de 2023 a partir de las 10:00 hs, hasta el 28 de Febrero de 2023 a las 16:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en el Sorteo, deberán cumplir con la consigna del mismo. 1) El usuario deberá darle like (me gusta) a la publicación que hace referencia a este “Sorteo”. 2) Seguir las páginas oficiales de instagram de Yerba Mate CBSé y Peabody Hogar. 3) Comentar la publicación del Sorteo con la consigna indicada en el texto de la publicación. 4) Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se sortearán 2 (dos) ganadores mediante la plataforma App Sorteos https://app-sorteos.com/.  

4. La selección del ganador se realizará a través de la plataforma App Sorteos https://app-sorteos.com/ entre todos los usuarios participantes el día Martes 28 de Febrero de 2023 a partir de las 16.00hs. en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal anunciándose el ganador por las historias de @yerbamatecbse. El ganador/a será contactado/a vía mail y telefónicamente dentro de los 5 días corridos.

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Martes 14 de Febrero de 2023 a partir de las 10:00 hs, hasta el Martes 28 de Febrero de 2023 a las 16:00 hs. 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte de los Organizadores.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y un acompañante, no podrá ser transferido. Una vez entregados, los Organizadores quedan liberados de toda responsabilidad respecto de los mismos. Los Organizadores no asumen responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es: 1 (un) E-Termo Peabody + 12 (doce) packs de yerba mate CBSé por 500 gr cada uno + 1(un) bolso rafia CBSé, todo ello propiedad de los Organizadores (el “Premio”).  

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por los Organizadores (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio. 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable a los Organizadores- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad de los Organizadores.

12. Los Organizadores se reservan el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que los Organizadores dispongan. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. Los Organizadores podrán, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. Los Organizadores podrán suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables a los Organizadores, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. Los Organizadores serán los únicos que tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. Los Organizadores no se responsabilizarán por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. Los Organizadores tampoco se responsabilizan de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. Los Organizadores se eximen expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputables a los Organizadores.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones “Sorteo de Verano”

En cumplimiento del Decreto N° 961/2017 (Jurisdicción Nacional) y toda la normativa nacional, provincial y local aplicable.

1. La presente promoción denominada “Sorteo de Verano” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

 

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día Lunes 30 de enero de 2023 a partir de las 09:00 hs, hasta el Jueves 2 de Febrero de 2023 hasta las 23:59 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Ser seguidor de @yerbamatecbse 2) Darle “me gusta” a la publicación 3) Arrobar con quién compartir unos buenos mates de verano. Hay doble chance si se comparte el posteo en historias usando el hashtag #CBSéEsMundial, el cual es necesario que su perfil sea público para que el Organizador pueda verlo, y etiquetarnos en el mismo. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará 1 sorteo en los días Viernes 3 de Febrero de 2023. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram” y “Facebook”.

 

4. La selección del ganador se realizará a través de un sistema random entre todos los usuarios participantes. El sorteo se realizará al finalizar la promoción el día Viernes 3 de Febrero de 2023 en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 5 días corridos. 

 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Lunes 30 de Enero de 2023 a partir de las 09:00 hs, hasta el Jueves 2 de Febrero de 2023 hasta las 23:59 hs. 

 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

 

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

 

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

 

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio incluye 1 CBSé Guaraná, 1 CBSé Serranas, 1 CBSé Jengibre, 1 CBSé Naranja, 1 CBSé Limón, 1 CBSé Pomelo, 1 CBSé Frutos del bosque, 1 CBSé Frutos del valle y 1 CBSé Frutos Tropicales + 1 mate y bombilla CBSé + 1 termo CBSé + 1 bolso matero CBSé. 

 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 8) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

 

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

 

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

 

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

 

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción, será exclusivo cargo de los mismos.

 

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

 

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones Sorteo Challenge CBSé Peabody

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo Challenge CBSé Peabody” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa Ana S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875, a través de su marca “CBSé” (en adelante “CBSé”) y GOLDMUND S.A. a través de su marca “Peabody” (en adelante “Peabody” y conjuntamente con CBSé “los Organizadores” ) se reservan el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 18 de Noviembre de 2022 a partir de las 16:00 hs, hasta el 15 de Diciembre de 2022 hasta las 16:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en el Sorteo, deberán cumplir con la consigna del mismo. 1) El usuario deberá darle like (me gusta) a la publicación que hace referencia a este “Sorteo”. 2) Seguir las páginas oficiales de instagram de Yerba Mate CBSé y Peabody Hogar. 3) Comentar la publicación del Sorteo” con la consigna indicada en el texto de la publicación. 4) Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se sorteará 1 (un) ganador mediante la plataforma App Sorteos https://app-sorteos.com/.  PREMIO EXTRA: 5) Si a la participación del sorteo, se suman a participar del desafío, el ganador tendrá doble premio, para eso deberá cumplir con la consigna de: 1) Subir un video reel en su redes sociales teniendo su perfil público, bailando el tema CBSé Hierbas Serranas, con el audio de la canción original que se encuentra en las redes sociales de @yerbamatecbse. 2) Etiquetar en el video reel a las cuentas de CBSé @yerbamatecbse y Peabody @peabodyhogar, y usar el hashtag de campaña #ChallengeCBSéEsMundial.

4. La selección del ganador se realizará a través de la plataforma App Sorteos https://app-sorteos.com/ entre todos los usuarios participantes el día Jueves 15 de Diciembre de 2022 a partir de las 16.00hs. en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal anunciándose el ganador por las historias y el feed de Instagram de @yerbamatecbse. El ganador/a será contactado/a vía mail y telefónicamente dentro de los 5 días corridos.

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Viernes 18 de Noviembre de 2022 a partir de las 16:00 hs, hasta el Jueves 15 de Diciembre de 2022 hasta las 16:00 hs. 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte de los Organizadores.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y un acompañante, no podrá ser transferido. Una vez entregados, los Organizadores quedan liberados de toda responsabilidad respecto de los mismos. Los Organizadores no asumen responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es: 1 E-Termo Peabody + 10 kilos de yerba mate CBSé + 1(un) kit matero CBSé que incluye 1(un) bolso matero + 1(un) necesere + 1 tote bag, todo ello propiedad de los Organizadores (el “Premio”).  Si el ganador además ha compartido el #ChallegeCBSéEsMundial, bailando el tema de CBSé Hierbas Serranas, al premio se le suma 1 (un) Kit completo CBSé es Mundial. El mismo incluye 1 (un) neceser, 2 packs de Hierbas Serranas x 500 gr, 1 (un) pin, 1 (un) mate argentina, 1 (una) bombilla, 1 (un) Tote Bag Mundial. PREMIO EXTRA CHALLENGE: 1kit matero CBSé completo que incluye: 1 mate de argentina + 1 bombilla + 1 termo + 1 bolso matero + 1 plancha de stickers + 1 portamate.

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por los Organizadores (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio. 

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable a los Organizadores- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad de los Organizadores.

12. Los Organizadores se reservan el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que los Organizadores dispongan. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. Los Organizadores podrán, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. Los Organizadores podrán suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables a los Organizadores, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. Los Organizadores serán los únicos que tendrán facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. Los Organizadores no se responsabilizarán por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. Los Organizadores tampoco se responsabilizan de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. Los Organizadores se eximen expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputables a los Organizadores.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

Bases y Condiciones CBSé Sorteo Express CEBADOS DE PASIÓN

 

1. La presente promoción denominada “CBSé Sorteo Express CEBADOS DE PASIÓN

 ” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 3 de Noviembre de 2022 a partir de las 16:00 hs, hasta el 4 de Noviembre de 2022 hasta las 12:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1)Responder a la ENCUESTA de la story compartida por CBSé en sus redes sociales @yerbamatecbse. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizarán cinco (5) sorteos anunciándose a los ganadores el día Viernes 4 de Noviembre de 2022. La dinámica de este sorteo sólo se puede realizar en la red social “Instagram”.

4. La selección de los ganadores se realizará a través de un sistema random entre todos los usuarios participantes. El sorteo se realizará en las fechas mencionadas anteriormente En Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mensaje privado de instagram el mismo día. 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Jueves 3 de Noviembre de 2022 a partir de las 16:00 hs, hasta el Viernes 4 de Noviembre de 2022 hasta las 12:00 hs. 

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es 2 entradas generales para ver el TURISMO NACIONAL los días sábado 5 y domingo 6 de noviembre en Ciudad Autódromo Oscar y Juan Gálvez, Buenos Aires. 

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.


Bases y Condiciones Sorteo CBSé Día De La Madre 

 

1. La presente promoción denominada “Sorteo CBSé Día de la Madre” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 14 de Octubre de 2022 a partir de las 09:00 hs, hasta el 21 de Octubre de 2022 hasta las 16:00 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. 1) El usuario deberá darle like (me gusta) a la publicación que hace referencia a esta “Promoción”. 2) Seguir a la página oficial de CBSé (Facebook o Instagram según corresponda). 3) En ambas redes sociales (Facebook e Instagram) deberán comentar la publicación de la “Promoción” con la consigna indicada en el texto de la publicación. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizará un sorteo para escoger (2) ganadores. Uno (1) que haya participado a través de la red social de Instagram y uno (1) que haya participado a través de la red social de Facebook.

4. La selección de los ganadores se realizará a través de la página web App Sorteos entre todos los usuarios participantes, cuyos datos se mantendrán en confidencialidad. El sorteo se realizará el Viernes 21 de Agosto de 2022 a partir de las 16.30hs. en Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal anunciándose el ganador por las historias de Instagram y en el muro de Facebook. Los ganadores serán contactados vía mail y telefónicamente dentro de los 5 días corridos.

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el Viernes 14 de Octubre de 2022 a partir de las 09:00 hs, hasta el Viernes 21 de Octubre de 2022 hasta las 16:00 hs. szdcx

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregados, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es 1 kit por ganador/a que incluye: 1 Mate CBSé + 1 bombilla CBSé + 1 termo + 1 bolso matero CBSé +  1 tote bag CBSé Felicidad en Cada Mate + 1 porta mate + 1 plancha de stickers+ 12 packs de yerba mate CBSé por 500 gr cada uno.

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.

 

Bases y Condiciones CBSé La Más Copada

 

1. La presente promoción denominada “PROMO CBSé La Más Copada” (en adelante, la “Promoción”) implica el conocimiento y la aceptación incondicional de las presentes Bases y Condiciones. Organizada por Establecimiento Santa S.A. con domicilio en Av. Mitre 5407- Wilde. CP. 1875., Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) se reserva el derecho exclusivo de interpretar las mismas en caso de presentarse situaciones imponderables o imprevistas que no alteren el espíritu de la promoción, comunicándose en forma previa e inmediata a los participantes.

2. La “Promoción” tendrá vigencia desde el día 1 de Enero de 2023 a partir de las 00:01 hs, hasta el 31 de Diciembre de 2023 hasta las 23:59 hs. (en adelante el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia, participaciones posteriores a la finalización del mismo.

3. Durante el plazo de vigencia, los usuarios interesados en participar en la Promoción, deberán cumplir con la consigna de la promoción. La dinámica consistirá en lo siguiente: 1) Recibir la muestra CBSé gratis de 35grs en puntos turísticos. 2) Compartir su foto con la muestra CBSé en sus historias de Instagram y sumar su ubicación con el sticker brindado por Instagram, el cual es necesario que sea público para que el Organizador pueda verlo, arrobar nuestra cuenta de instagram @yerbamatecbse y etiquetarnos en el mismo con el #CBSéLaMásCopada. Entre todos los usuarios que realicen correctamente la dinámica, se realizarán (6) sorteos distribuídos durante todo el año. La dinámica de este sorteo solo se puede realizar en la red social “Instagram”.

4. La selección del ganador se realizará a través de un sistema random entre todos los usuarios participantes. El sorteo se realizará en las fechas mencionadas anteriormente En Av. Luis María Campos 46, Piso 5°, Capital Federal. El ganador será contactado vía mail dentro de los 5 días corridos. 

5. Promoción sin obligación de compra o contratación de servicio alguno, ya que el modo de participar es ingresando a una página de Internet cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito. Promoción válida desde el domingo 1 de enero de 2023 a partir de las 00:01 hs, hasta el domingo 31 de diciembre de 2023 hasta las 23:59 hs.

6. Estas Bases y Condiciones están disponibles en la tienda online oficial de CBSé. https://www.tiendacbse.com.ar/bases-y-condiciones/

7. Podrán participar de la Promoción: Todas las personas mayores de edad, y los menores con la debida intervención de sus padres o tutores, con domicilio en el territorio de la República Argentina.

8. Los usuarios no podrán exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero en efectivo, ni por un bien o servicio distinto, de modo que ninguno de los premios está sujeto a negociación. Para el caso de que el ganador no utilice el Premio, una vez adjudicado el mismo y cualquiera fuere la causa, quedará cancelado automáticamente y no existirá responsabilidad económica ni de ninguna otra índole por parte del Organizador.

9. El Obsequio es para uso personal del ganador y no podrán ser transferidos. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El obsequio es 2 yerba mate CBSé x 500 grs a elección + 1 Mate CBSé + 1 Bombilla Plana de Acero + 1 Termo.

10. La asignación del obsequio se hará efectiva condicionado a que presente su DNI en el lugar y fecha comunicados por el Organizador (en caso de ser menor de edad deberá presentarse acompañado de su madre/padre/tutor), o mediante un representante apoderado con facultades suficientes (punto 7) a fin de acreditar su identidad y convertirse en acreedor del Premio.

11. En caso de que quien resultase acreedor del Obsequio -por cualquier motivo no imputable al Organizador- se rehusara a recibir el Premio, el mismo se considerará vacante y quedará en propiedad del Organizador.

12. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre, voz y/o imágenes de los participantes por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 51, 52, 53, 55, 71 y 1770 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. En virtud de esta autorización, los participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

13. Se considerará que los participantes han prestado su consentimiento a brindar los Datos Personales respectivos. Dichos datos serán almacenados en una base de datos de titularidad de Establecimiento Santa Ana S.A., la cual podrá será utilizada por ella a los fines del envío de material publicitario y/o promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, debiendo en cualquier caso suscribir el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias.

14. El Organizador podrá, a su sólo criterio, modificar la duración de la Promoción y el premio por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases y Condiciones cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y Condiciones y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

15. No podrán participar en esta Promoción aquellas personas que no tengan su domicilio dentro del territorio de la República Argentina, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad; los empleados de la empresa, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción. La presente acción es válida únicamente para personas físicas/consumidores finales.

16. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, inclusive el que prevé la Ley 20.630, y asimismo, los gastos de envío que no se indican en el presente y/o toda suma de dinero que deba pagarse al Estado nacional, Sociedades del estado, Provincias o Municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega de los Premios o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran su potencial Ganador y/o Ganador por cualquier concepto relacionado con la presente Promoción será a exclusivo cargo de los mismos.

17. El Organizador no se responsabilizará por ningún daño personal o material, enfermedad o lesiones de cualquier naturaleza o pérdida (directa, indirecta y/o consecuente) ocasionada al Participante de la presente Promoción y/o terceras personas, debido a o en relación al uso del Premio objeto de la Promoción una vez entregado el mismo, cualquiera hubiere sido su causa. El Organizador tampoco se responsabiliza de los daños, hurtos y/o robos de los que pudiera ser objeto el Ganador del Premio y/o terceros durante el período de utilización y/o goce del Premio. El Organizador se exime expresamente de toda responsabilidad por cualquier daño y/o perjuicio que pudiera sufrir el potencial Ganador del Premio, los Participantes y/o terceras personas, provenientes del caso fortuito, fuerza mayor, actos de terceros y/o cualquier tipo de responsabilidad que no pueda ser directamente imputable al Organizador.

18. Esta Promoción se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que pudiera generarse será sometida a los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad de Buenos Aires, con renuncia expresa por parte de los Participantes a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles.